Tal cual lo había anticipado en la jornada del jueves a la mañana bumerangnews.com, el Concejo aprobó el cambio de horario para la atención al público de comercios – será de 9 a 18 – y el protocolo de descarga de mercadería. Habrá multas para los infractores que irán de las 50 a las 300 Unidades Fijas – 1 UF equivale a un litro de nafta súper -. Ahora las iniciativas se girarán al Ejecutivo y este será quien deba promulgarlas para que entren en vigencia.
En medio de la cuarentena y para tomar mayores recaudos frente al coronavirus, el cuerpo legislativo le dio luz verde a los dos proyectos que había puesto en consideración el martes en reunión de comisión. Como lo adelantó este medio, los ediles le dieron el ok a la modificación para la apertura de comercios y su atención al público. De acuerdo a la iniciativa, será de 9 a 18 – debe promulgar la iniciativa el Municipio para entre en vigencia -. Por el momento, y hasta que la intendencia no lo haga efectivo, seguirá siendo de 9 a 12 y de 17 a 20. Los distribuidores de mercadería no estarán restringidos para hacer repartos fuera de esa franja horaria.
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Para realizar los cambios de horario, se consideró la facilidad que le otorga a las fuerzas de seguridad patrullar las calles de la ciudad durante el día que en momentos donde comienza a caer la noche. Otro de los factores que se tuvo en cuenta fue la época del año y las bajas temperaturas existentes cuando comienza el atardecer. Con lo cual, teniendo en cuenta ambos criterios, desde las 18 no debería quedar prácticamente nadie circulando en la vía pública, salvo excepciones.
Asimismo, los concejales también aprobaron el Protocolo de carga y descarga de mercadería que el gobierno de Santa Fe elaboró e invitó a Municipios y Comunas a adherirse al mismo. El mismo ya venía reglamentándose aunque no estaban establecidas las sanciones para infractores. Puntualmente, quedará prohibido el ingreso de distribuidores a comercios y los bultos deberán descargarse en la contra vereda, siendo el personal del negocio quien se encargue de realizar las tareas de desinfección e ingreso a las instalaciones.
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Las sanciones para transportistas y comerciantes infractores serán multas de entre 50 y 300 Unidades Fijas, dependiendo de la gravedad de la falta.




