Sastre quiere tener pirotecnia cero

La semana pasada se presentó un proyecto para prohibir el uso y la comercialización de artefactos estruendosos. La iniciativa se tratará en comisión el próximo martes. Establece multas de hasta 1.000 litros de combustible y la clausura de comercios.

La concejal justicialista, Eva Lucero, presentó un proyecto ante el cuerpo legislativo para prohibir el uso y comercialización de pirotecnia en Sastre. La iniciativa entró a la sala “Raúl Cragnolino” y será tratada en comisión el próximo martes. Las sanciones van desde los 100 hasta los 1.000 litros de combustible y prevé la clausura de hasta 60 días para comercios que se dediquen a la venta. “Hacemos referencia a las detonaciones que produzcan ruido, no a las que llevan luces”, destacó la edil en diálogo con Maldito Despertador – programa que se emite de lunes a viernes de 9 a 12 por Radio Cronos FM 107.1 –.

Sastre es una de las pocas localidades de la región que no cuenta con una ordenanza que prohíba la pirotecnia. San Jorge, María Juana y Piamonte, entre otras, ya promulgaron tiempo atrás una normativa para controlar el uso y la comercialización de artículos estruendosos. Ahora, desde el ala justicialista local se presentó una iniciativa para sumarse a la movida que ya tiene aval en diferentes puntos del departamento San Martín.

El proyecto pretende prohibir en todo el territorio la utilización, comercialización, fabricación, tenencia, guarda, acopio, exhibición, manipulación, depósito, circulación, transporte tanto minorista como mayorista de artefactos pirotécnicos, tanto en el ámbito privado como público.

La iniciativa prevé un régimen de faltas ante la violación de la ordenanza. Estalece multas de “100 a 500 litros de combustibles por el uso de pirotecnia”. En tanto, si el infractor se trata de un comerciante se lo castigará con sanciones de entre “200 y 1000 litros de combustible por la comercialización, depósito y/o transporte de pirotecnia”. Además se aplicará el decomiso de la mercadería y una clausura al local en el cual se constate el depósito, venta, comercialización y/o fabricación de material por un tiempo de entre 10 y 60 días. Asimismo, si el infractor es reincidente se elevarán al doble las sanciones impuestas.

De aprobarse el proyecto y convertirse en ordenanza, será el “Ejecutivo quien designe al órgano encargado de control, cumplimiento, y sanción de la presente ordenanza”.

Dentro de los considerandos de proyecto, aparecen la reducción de los “riesgos de posibles lesiones en menores y adultos por el uso indebido de la pirotecnia, las incidencias que los ruidos estruendosos provocan en personas con Trastorno del Espectro Autista, y el reclamo de asociaciones de protección a los animales para la prohibición del uso y comercialización de los artefactos pirotécnicos”.