Carlos Pellegrini declaró su territorio libre de pirotecnia

La presidenta comunal, Marina Bordigoni, anunció que días atrás sancionaron la ordenanza que prohibe el uso de artefactos estruendosos. Comienza a regir desde el próximo 2 de mayo.

Carlos Pellegrini se sumó a las localidades de la región libres de pirotecnia. Mediante la ordenanza 658/2018, prohibió en todo el territorio comunal el uso y la  venta de productos estruendosos. Las multas van desde los 300 a los 1.000 litros de nafta súper. La normativa, ya sancionada, comenzará a regir a partir del 2 de mayo.

“Por un Pellegrini libre de pirotecnia, tal como lo habíamos adelantado y nos habíamos comprometido, sancionamos el pasado 22 de marzo la Ordenanza. La misma entra en vigencia el 2 de mayo. En próximas semanas será distribuida a instituciones y comercios”, indicó la presidente comunal de la localidad, Marina Bordigoni.

 

La declaración de todo el territorio libre de pirotecnia alcanza a la totalidad del ejido urbano y rural de Carlos Pellegrini. Y de acuerdo al artículo 2, «se prohíbe el uso particular, fabricación, tenencia, guarda, acopio, exhibición, manipulación, depósito, circulación, transporte, venta o cualquier otra modalidad de comercialización, tanto a mayoristas como minoristas, personas físicas o jurídicas, de venta libre o no, y/o de fabricación autorizada, de elementos de pirotecnia, cohetería y de todo otro producto destinado a provocar efectos mecánicos visuales y/o auditivos. Asimismo, quedan expresamente prohibidas esas conductas, en actividades masivas en la vía pública, ya sean manifestaciones populares, culturales, deportivas, sindicales, gremiales, políticas, u otras similares».

La normativa alcanza a las industrias y comercios radicados en la localidad, como así también a los particulares y vendedores ambulantes u ocasionales. Sin embargo existen excepciones y son aquellos artificios pirotécnicos para señales de auxilio, y para el uso de las Fuerzas de Seguridad y/o Defensa Civil.

Los controles que se establezcan para el cumplimiento de la presente norma deberán realizarse en forma conjunta entre el personal comunal competente y la policía de la provincia de Santa Fe, bomberos, defensa civil, u otros organismos del estado provincial relacionados al tema. Sin perjuicio de ello, cualquier ciudadano podrá realizar la denuncia al juzgado de faltas municipal o comisaría local.

La ordenanza, que comenzará a regir desde el 2 de mayo, establece que las infracciones serán penadas con «multas entre trescientos (300) y hasta mil (1.000) litros de nafta súper, precio promedio estaciones de servicio con asiento en nuestra localidad, en su equivalente en pesos al momento de efectivizarse la sanción».

VENTA EN COMERCIOS NO SOLO DE PIROTECNIA

Quienes violen la ordenanza serán multados con el valor equivalente a 500 litros de nafta súper, precio promedio estaciones de servicio locales y clausura por cinco días. En caso de reincidencia, la sanción será de 1.000 litros de nafta súper.

VENTA EN COMERCIOS SOLO DE PIROTECNIA

En este caso, la multa será el equivalente a 1.000 litros de nafta súper, precio promedio estaciones de servicio locales y clausura definitiva del comercio.

USO DE PARTE DE PERSONAS FÍSICAS

La pena en dicha ocasión tendrá un valor de 300 a 1.000 litros de nafta súper, precio promedio estaciones de servicio locales, dependiendo si se encuentra en la vía pública o dentro de una Institución y de la cantidad detectada.

USO EN CLUBES O INSTITUCIONES

Ante una infracción, la sanción será equivalente al valor de 500 litros de nafta súper, precio promedio estaciones de servicio locales y clausura por cinco días. Ante alguna reincidencia, la multa será de 1.000 litros de nafta súper.