El Ministerio de Educación de Santa Fe envió un protocolo de actuación para actuar ante contingencias climáticas, meteorológicas, hídricas o de otra índole que puedan afectar el normal funcionamiento de las escuelas, en el marco del fenómeno de El Niño que se espera para fin de año. Una de las principales definiciones es que los edificios escolares no serán utilizados como centros de evacuación, salvo una “situación excepcional de extrema necesidad” y cuando no exista otro inmueble disponible.
La medida fue formalizada a través de la Resolución N° 2234/2026, firmada el 1° de septiembre por el ministro de Educación, José Goity. El «Protocolo integral de actuación del sistema educativo provincial frente a contingencias climáticas, meteorológicas, hídricas o de otra índole» alcanza a todos los establecimientos educativos de gestión estatal y privada de la provincia, en todos sus niveles y modalidades.
Provincial frente a Contingencias Climáticas, Meteorológicas, Hídricas o de Otra Índole»
El documento establece que la regla general ante una contingencia será mantener el desarrollo de las actividades escolares. Sin embargo, cuando las condiciones hagan imposible o dificulten la presencialidad, será la Delegación Regional de Educación correspondiente la que determine si corresponde disponer el cese de actividades y durante cuánto tiempo. En Santa Fe, sería la Regional IV de Educación.
«La Delegación Regional de Educación correspondiente será la autoridad competente para disponer, para el caso concreto, el cese de las actividades y el plazo de su vigencia», establece la resolución. La decisión deberá tomarse previa consulta con Protección Civil, la autoridad ministerial del nivel o modalidad correspondiente y otras áreas gubernamentales.
Hasta 5 días de suspensión
Uno de los puntos centrales del protocolo es que la suspensión de la presencialidad tendrá un plazo determinado. «La resolución de cese deberá establecer un plazo de vigencia de hasta 5 días hábiles, pudiendo renovarse por idéntica cantidad de días mientras subsistan las condiciones que impidan el normal desarrollo de las actividades», señala el protocolo.
La intención, según el documento, es brindar previsibilidad tanto al sistema educativo como a las familias. Si la situación se extiende más allá de esos períodos, se deberán analizar «otras opciones de presencialidad».
La decisión no quedará, de este modo, librada a cada establecimiento de manera aislada ni automática. Las supervisiones tendrán intervención en el relevamiento de las condiciones de accesibilidad y funcionamiento de las escuelas y deberán informar a la Regional para evaluar la continuidad, renovación o finalización de las medidas.
Plan para la continuidad pedagógica
El protocolo introduce además una planificación previa para evitar que una eventual suspensión de clases implique la interrupción de las trayectorias escolares. Cada establecimiento deberá elaborar, aprobar e incorporar a su Proyecto Educativo Institucional un “Plan institucional de continuidad pedagógica”.
Ese esquema deberá contemplar los canales oficiales de comunicación con las familias, información actualizada de contacto y la identificación anticipada de los estudiantes que tengan dificultades de conectividad. También deberán prepararse alternativas impresas cuando sean necesarias.
Uno de los instrumentos centrales será el denominado portafolio pedagógico de contingencia. «Cada docente dispondrá de un portafolio pedagógico de contingencia, integrado por actividades previamente planificadas, para su implementación inmediata, que permitan su evaluación progresiva», establece el documento.
Las actividades deberán estar vinculadas con la planificación vigente y los contenidos prioritarios, tener consignas claras y poder desarrollarse con los recursos disponibles en los hogares. Además, deberán contemplar distintos niveles de conectividad y las situaciones particulares de estudiantes que no puedan concurrir a la escuela.
Acompañamiento
Una vez comunicado el cese, el equipo directivo deberá activar el Plan Institucional de Continuidad Pedagógica y los docentes enviarán las actividades previstas en sus portafolios a través de los canales previamente definidos. «Se informarán las modalidades de trabajo, tiempos y formas de devolución», establece el protocolo.
Durante ese período, los docentes deberán sostener el acompañamiento pedagógico, responder consultas, realizar el seguimiento de los estudiantes, adecuar las actividades cuando sea necesario y dejar registro de las acciones desarrolladas. También podrán realizarse clases sincrónicas cuando las condiciones institucionales y de conectividad lo permitan.
Fuente: El Litoral




