Cruce en Diputados por la nueva reforma en seguridad en Santa Fe

El legislador provincial, Martín Rosúa, defendió la iniciativa y afirmó que "pone al Estado en el centro de la escena y se ajustó el proceso de persecución para quienes delinquen". Sin embargo, para el diputado Carlos Del Frade "esto es mano dura y Santa Fe va camino al Fascismo".

El reciente envío de un proyecto de ley que plantea once reformas en materia de seguridad pública en la provincia de Santa Fe fue expuesto en la reunión de gabinete de este lunes. La misma fue encabezada por Maximiliano Pullaro en la ciudad de Santa Fe.

Sin embago, esta iniciativa genera fuertes cruces entre legisladores. Martín Rosúa, indicó que «es muy favorable esta reforma, porque había una crisis en seguridad tremenda. El Estado ahora se pone en el centro de la escena y desde la legislatura le dimos un impulso jurídico que llevó mucho debate».

«Se ajusta el proceso de persecución a aquellos que delinquen y le damos más herramientas a quienes investigan y juzgan. También es importante que se haya equipado a los patrulleros y al personal policial con tecnología, y también la ley de intervención en las cárceles, que endurece los delitos de los que, desde la cárcel, mandan a cometer hechos ilícitos», expresó el legislado Rosúa.

De esta manera, Rosúa expresó que «el conjunto de once medidas del ministro Cococcioni, permite actuar más rápido, investigar mejor y prevenir que ocurran los delitos».

Por su parte, el diputado provincial Carlos Del Frade, opinó por LT10 que «Santa Fe avanza hacia un Estado casi fascista, es mano dura para saldar alguna cuenta con el conflicto policial con los altos mandos de la policía y el servicio penitenciario que tendrán sus negocios para hacer…estamos ante algo totalmente innecesario, porque, de acuerdo a los índices, los homicidios han descendido».

«Esto tiene más que ver con los resultados de las encuestas que piden mano dura, por parte de la gente que pide venganza más que justicia, por eso, para no perder votos, el gobierno se tira hacia la derecha inconcebible», expresó Del Frade.

Asimismo, el diputado afirmó que «la entidad policial está corrupta y no tiene sentido darle tanto poder. Esto no le hace bien a la democracia santafesina».

Qué incluye la reforma

Según el punteo que propone el propio mensaje, se pretenden reformas a la «declaración informativa e interrogatorio policial».

En tal sentido, se restituye la figura de la «declaración informativa para facilitar la recolección de información en los primeros momentos de la investigación penal, cuando todavía es prematuro definir si una persona debe declarar como imputado o como testigo, evitándose así la declaración bajo juramento de personas que podrían ser luego imputadas».

La reforma también plantea «eliminar la presencia del defensor como condición ineludible para la declaración del imputado».

Otros puntos

Juicio penal en rebeldía. En este aspecto, se amplía tal posibilidad considerando que «no se viola el derecho de defensa, si la persona es debidamente notificada de la causa en su contra, quedando a su criterio la posibilidad de comparecer a defenderse o no hacerlo, debiendo soportar en este último caso las consecuencias de su contumacia».

Se prevé la revisabilidad de la condena en rebeldía y se regula el supuesto de aparición tardía del imputado, cuando invocara motivos atendibles para justificar su incomparecencia.

Validación probatoria. Se regulan expresamente supuestos de admisibilidad de pruebas presentadas para un proceso, que funcionan como excepción a la regla de exclusión y a su efecto extensivo. Es decir, habilita mayor flexibilidad en cuanto a lo que puede admitirse como prueba en un juicio, por encima de lo que puedan ser los criterios dispares de cada tribunal.

Allanamiento automático por secuestro de armas en vía pública. Se agrega como supuesto de allanamiento sin orden judicial previa, el de secuestro de armas de fuego y otros materiales controlados en vía pública. Ello, con el fundamento de que aguardar la indicación judicial respectiva «da lugar a ocultamiento y consiguiente pérdida de la evidencia».

Derribo por orden fiscal. Se introducen supuestos especiales o de excepción, que habilitan a la fiscalía a ordenar por su propia autoridad la inactivación física de inmuebles destinados al microtráfico y otros delitos.

«Se pretende desjudicializar el accionar estatal en casos de extrema obviedad, donde median razones de seguridad y salubridad que no admiten demora ni litigiosidad posible al respecto», dice el proyecto.

Medidas coercitivas por decreto fiscal. Se pretende «optimizar la capacidad de respuesta del sistema penal mediante el uso racional y proporcional de medidas coercitivas, adoptando un criterio diferido para aquellas que no implican privación de libertad.

La Fiscalía «podría imponer medidas coercitivas no privativas de libertad mediante decreto fundado, configurando una herramienta menos gravosa desde el punto de vista de los derechos individuales». Según el proyecto, «no se afecta el derecho de defensa, sino que reconfigura temporalmente su ejercicio».

Procedimiento por decreto penal. Se incorpora el procedimiento por decreto o mandato penal para casos contravencionales y de criminalidad de bajo impacto, fijándose como pauta que no aplica para penas de privación efectiva de la libertad.

Fuente: LT10